Incapacidad temporal: si el accidente deriva en una incapacidad temporal que impide al trabajador realizar sus funciones habituales, este tiene derecho a aceptar una prestación económica desde el día próximo al accidente. De igual forma, las subcomisiones regionales o los inspectores de trabajo delegados tendrán esa competencia preferente en el https://johnnyt581hlq9.bloggerswise.com/profile